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Sospechas de privilegios
por Editorial · Comentar
Durante los últimos meses de 2008, el Congreso Nacional trabajó febrilmente en pos de considerar y aprobar variados proyectos enviados por el Poder Ejecutivo. Así, la sociedad se encontró recibiendo el año 2009 con un nuevo régimen de jubilaciones y pensiones, la prórroga de la ley de emergencia económica, del impuesto a los créditos y débitos bancarios, y la derogación del esquema de pago del impuesto a las ganancias, comúnmente conocida como la tablita impulsada en 2000 por el entonces ministro Machinea.
Finalmente, el Congreso consideró y aprobó en tiempo récord un discutible programa de moratoria impositiva, suspensión de juicios penales y blanqueo de capitales. Los argumentos del oficialismo para imponer esta norma de dudosa legitimidad moral no fueron novedosos: la necesidad de dotar al gobierno de instrumentos para hacer frente a la severa crisis que afecta a la economía mundial.
La moratoria y sus normas anexas conspiran contra la ciudadanía fiscal, que resulta imprescindible para un estado de derecho. La república democrática asegura derechos e implica obligaciones. Tal entramado construye el círculo virtuoso de legitimidad que hace que los ciudadanos participen y controlen los actos de gobierno. El ciudadano que paga puntualmente sus impuestos, requerirá de sus gobernantes la correcta aplicación de tales fondos en el funcionamiento del Estado.
Esa, y no otra, es la ciudadanía fiscal a que aludimos más arriba. Resulta extremadamente dificultoso para el gobernante exigir el cumplimiento de los deberes fiscales, si pese a demandar de manera rimbombante el traje a rayas para los evasores, impulsa alegremente una legislación que no significa otra cosa que una patente de corso para quienes consideran a la república como una fuente generadora de derechos y privilegios, sin ninguna obligación.
A partir de 1990, con la promulgación de la ley penal tributaria que estableció severas penas de prisión para los que con dolo evaden sus impuestos,
Como ya hemos dicho en otras oportunidades, nuestro país tiene la extraña virtud de tornar lo que debiera ser absolutamente extraordinario en algo normal. Esta es la tercera moratoria en menos de 20 años, con dos ingredientes perturbadores: un blanqueo de capitales y la suspensión de los juicios penales en trámite.
¿Qué es lo que diferencia este programa de los anteriores? En primer lugar, el panorama económico era radicalmente distinto. La moratoria de 1992 encontraba a
Pareciera pues que luego de una grave crisis, la moratoria se justifica en que otorga alivio a los contribuyentes que no pudieron fruto de la coyuntura económica adversa, hacer frente a sus obligaciones fiscales.
Esta moratoria, en cambio, nos encuentra con antecedentes de crecimiento sistemático y a tasas importantes durante los últimos cinco años. Si la norma aprobada dispone que pueden entrar en moratoria aquellos impuestos no pagados correspondientes a ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2007, no se entienden las razones generales que puedan motivarla; y comienza a pensarse de manera suspicaz si esta norma de carácter general no ha sido diseñada en función de los inconvenientes de algunos pocos. Abona esta tesis la circunstancia de que aquellos contribuyentes deudores de impuestos, y por ello denunciados penalmente por el fisco, se verán beneficiados con una suspensión del juicio penal, y podrán regularizar su situación en cómodas cuotas y a una conveniente tasa de interés.
Qué decirles a aquellos contribuyentes que en ejercicio de su ciudadanía fiscal abonaron sus impuestos en tiempo y forma, para verse burlados en su buena fe, ya que el evasor encuentra ahora el ansiado jubileo. Difícil, por no decir imposible, construir sólidos fundamentos republicanos en un contexto de estas características.
Consideremos, por último, la otra pata de este programa: el blanqueo de capitales. De un tiempo a esta parte, se constata la tendencia mundial a la promulgación de leyes y tratados que reprimen severamente el lavado de dinero. Existen, además, varias agencias nacionales e internacionales de recopilación de información, que buscan perseguir y evitar los mecanismos de lavado de dinero.
A contrapelo de estas normas, con el argumento de que resulta necesario el ingreso de capitales al país a causa de la crisis mundial, el blanqueo de capitales premia a aquellas personas que por cualquier razón decidieron no declarar fondos ante el fisco argentino, evadiendo los impuestos consiguientes. Además, se abre una gigantesca ventana para que las organizaciones delictivas del mundo tengan la oportunidad de sentar sus reales en
Moratoria, suspensión de juicios penales y blanqueo de capitales: normas que poco ayudan a la construcción de la ciudadanía fiscal, alientan la cultura del privilegio, y generan la sospecha de que quienes se benefician con esas medidas participan del proceso de toma de esas decisiones.




