{"id":16417,"date":"2020-12-08T14:55:37","date_gmt":"2020-12-08T17:55:37","guid":{"rendered":"http:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/?p=16417"},"modified":"2020-12-08T14:55:38","modified_gmt":"2020-12-08T17:55:38","slug":"la-ilegalidad-tolerada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/?p=16417","title":{"rendered":"La ilegalidad tolerada"},"content":{"rendered":"<p><strong>Las villas de emergencia<\/strong><\/p>\n<p>Por conocido y porque que fue trabajado a fondo por su alta exposici\u00f3n pol\u00edtica y urbana, interesa el caso de la Villa 31. Con un nombre que expresaba la causa de su origen, Villa Desocupaci\u00f3n, surgi\u00f3 en el a\u00f1o 1932 sobre terrenos del Puerto Nuevo y el ferrocarril. En el \u201835 el presidente Agust\u00edn P. Justo meti\u00f3 topadoras para derribar las casillas. Sucesivos planes de erradicaci\u00f3n y la Ley 27.453 del a\u00f1o 2018 intentaron ordenar la situaci\u00f3n informal de los ocupantes. La \u00faltima acci\u00f3n encarada por el jefe del Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodr\u00edguez Larreta, fue la que m\u00e1s \u00e9xito tuvo en su cometido; quedaron pendientes la Rodrigo Bueno, la Villa 20 y el asentamiento del Play\u00f3n de Chacarita.<br \/>\nPude verse en la 31 la modalidad de formaci\u00f3n de casi todas. Lo que usualmente se ha dado es, desde el punto de vista jur\u00eddico, una ocupaci\u00f3n de tierras, casi siempre fiscales, playones ferroviarios, orillas de r\u00edos o tierras inutilizables por sus condiciones topogr\u00e1ficas, como en el caso de Guernica. En t\u00e9rminos estrictamente legales se trata de una ocupaci\u00f3n que avasalla el derecho de propiedad. Un ilegalismo popular. Los ilegalismos populares en particular, como la ilegalidad en general, han sido importantes motores de la historia. Tanto el cristianismo en sus comienzos como los movimientos populares que desembocaron en la Revoluci\u00f3n Francesa y las posteriores revoluciones del siglo XIX, formativas de las democracias modernas y el ascenso de la burgues\u00eda, fueron en su momento ilegalismos populares. No todos tienen la misma importancia hist\u00f3rica, pero no por ello son manifestaciones a las que se puede descalificar r\u00e1pidamente como meros actos delictuales ni pretender tratarlos como tales. Menos a\u00fan en un pa\u00eds como el nuestro, donde la crisis y la decadencia econ\u00f3mica y social no dejan de profundizarse.<br \/>\nDesde mediados del siglo pasado son innumerables los planes y programas de erradicaci\u00f3n y\/o urbanizaci\u00f3n de villas que se han implementado, incluidas las topadoras del Intendente Dom\u00ednguez. Pero los resultados han sido exactamente inversos a lo esperado. Ninguna poblaci\u00f3n creci\u00f3 m\u00e1s r\u00e1pida y sostenidamente que la de las villas. Los presupuestos asignados fueron sistem\u00e1ticamente subejecutados, lo que muestra la real falta de voluntad pol\u00edtica (o de voluntad de la pol\u00edtica) en llevarlos adelante. \u00bfCu\u00e1nto le preocupa a la clase pol\u00edtica la situaci\u00f3n de los ocupantes y tambi\u00e9n, en su caso, de los ocupados particulares? \u00bfRealmente interesa solucionar el problema a nivel nacional? \u00bfO conviene m\u00e1s mantener estos bolsones de indignidad que garantizan la provisi\u00f3n de \u201cclientes\u201d para pr\u00f3ximas elecciones?<\/p>\n<p><strong>Las ocupaciones ind\u00edgenas<\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s de la toma de tierras en la zona de Bariloche, son m\u00e1s de 300 los conflictos con los pueblos originarios en todo el pa\u00eds. Pero este problema tiene su historia. Ante las diferentes ocupaciones que se verificaban en distintas provincias del pa\u00eds, para enfrentar la situaci\u00f3n se promulg\u00f3 en noviembre de 2006 la Ley 26.160. Breve ley de tan s\u00f3lo siete art\u00edculos (un par de carillas) que en lo sustancial declara \u201cla emergencia en materia de posesi\u00f3n y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades ind\u00edgenas\u201d por un plazo de cuatro a\u00f1os, mediante la que suspende por dicho plazo \u201cla ejecuci\u00f3n de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupaci\u00f3n de las tierras contempladas\u201d. Como esta ley s\u00f3lo reconoce como leg\u00edtimos ocupantes (vale ac\u00e1 la diferencia entre leg\u00edtimo y legal) a las comunidades ind\u00edgenas con personer\u00eda jur\u00eddica inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Ind\u00edgenas, ordena al Instituto Nacional de Asuntos Ind\u00edgenas que realice \u201cel relevamiento t\u00e9cnico-jur\u00eddico-catastral de la situaci\u00f3n dominial de las tierras ocupadas\u201d. A estos efectos crea un fondo especial para financiar las tareas ordenadas.<br \/>\nActualmente el plazo de cumplimiento de lo ordenado por esta ley est\u00e1 prorrogado, por tercera vez desde su promulgaci\u00f3n, hasta noviembre de 2021. Ning\u00fan Gobierno, fuera del signo pol\u00edtico que fuese, se ha preocupado por realizar el censo indicado. Una vez m\u00e1s, no se da satisfacci\u00f3n legal ni a ocupantes ni a ocupados. El desinter\u00e9s pol\u00edtico es evidente. Es el Estado el que con su inacci\u00f3n consagra una ilegalidad tolerada, es obvio que la soluci\u00f3n de este problema no se encuentra entre sus prioridades. Y en este caso estamos hablando de un derecho, el de las comunidades ind\u00edgenas, constitucionalmente consagrado.<\/p>\n<p><strong>La ocupaci\u00f3n de las tierras y la (in)seguridad<\/strong><\/p>\n<p>En la ocupaci\u00f3n de las tierras podemos diferenciar dos grupos; aquellos que por necesidad imperiosa o indigencia extrema se ven forzados a realizarlo como \u00fanica forma de tener un m\u00edsero lugar donde asentar una carpa o levantar una casilla, y que luego ser\u00e1n quienes viven \u201cen\u201d la villa, y los otros, los que hacen el \u201cnegocio\u201d de la ocupaci\u00f3n y el fraccionamiento, los que asignan \u201cderechos\u201d y cobran por ello y que posteriormente devendr\u00e1n en quienes viven \u201cde\u201d la villa, a la que usar\u00e1n como aguantadero y centro de cobranza o distribuci\u00f3n. Respecto a este tema vale la pena leer la nota que public\u00f3 en Infobae el 5 de abril de 2015 el periodista Federico Fahsbender, donde releva la operaci\u00f3n mafiosa y la venta de terrenos dentro de la Villa 31. All\u00ed rescata p\u00e1rrafos de la sentencia de los jueces Freiler y Ballestero, quienes afirman que \u201cNo puede resultar id\u00e9ntica la situaci\u00f3n de quienes lo hicieron (la ocupaci\u00f3n) por extrema necesidad o escasez de recursos de la de aquellos que, aprovech\u00e1ndose de esa desesperaci\u00f3n, intentaron sacar un r\u00e9dito econ\u00f3mico\u201d. O Casanello, quien habla de \u201caut\u00e9nticos guetos donde rige la ley del m\u00e1s fuerte y el retiro del Estado da lugar a la creaci\u00f3n de c\u00f3digos de convivencia propios\u201d y de \u201cuna doble victimizaci\u00f3n: la exclusi\u00f3n de lo p\u00fablico, y por el otro, el sometimiento a un poder arbitrario\u201d.<br \/>\nEsta situaci\u00f3n volvi\u00f3 a darse en la reciente ocupaci\u00f3n de Guernica, donde habr\u00eda punteros, narcos o meros capangas villeros que ofician de \u201cagentes inmobiliarios\u201d, ocupando y delimitando los lotes con \u201csoldados\u201d adeptos, para luego vender a quienes realmente lo necesitan el \u201cderecho\u201d sobre un lote marcado. Una vez m\u00e1s, son los m\u00e1s pobres los m\u00e1s desprotegidos, los que no tienen a quien recurrir, los que se encuentran en un estado de inseguridad permanente, quienes m\u00e1s de una vez se ven obligados a devolver el terreno adquirido y viven bajo un r\u00e9gimen continuo de amenazas de todo tipo. Ning\u00fan \u00e1mbito, salvo situaciones de guerra o terrorismo, implica un riesgo personal mayor que una villa o un barrio marginal. Los guetos a los que se refiere Casanello.<br \/>\nA esta inseguridad constitutiva, inherente a la ocupaci\u00f3n ilegal de la tierra, se suma el desconcierto de la pol\u00edtica, que a\u00fan dentro de la corriente oficialista no alcanza a definir si el tema debe ser encuadrado como un tema de seguridad o de vivienda. Las manifestaciones contradictorias se dieron entre la ministra de Seguridad, Sabrina Frederic, que dijo que \u201cno es un tema de seguridad, es una cuesti\u00f3n relacionada con el d\u00e9ficit habitacional y una presi\u00f3n por el mercado de tierras. Tiene que ser paliado con soluciones que se anticipen al problema\u201d. Insistiendo en una salida dialogal, en tanto que el ministro Sergio Berni, misma cartera pero provincial, manifestaba que \u201cel que hace una toma ir\u00e1 preso\u201d. Est\u00e1 claro que entre ambas posturas media un campo, no precisamente desocupado\u2026 La confrontaci\u00f3n descripta no hace m\u00e1s que llevar zozobra a las partes del conflicto, en lugar de dar una respuesta consolidada desde el Gobierno, cualquiera sea \u00e9sta; se disparan as\u00ed se\u00f1ales incongruentes que tienden a incrementar la sensaci\u00f3n de inseguridad tanto de los ocupantes como de los propietarios dominiales. En esta sucesi\u00f3n de opiniones discordantes vale la pena rescatar lo dicho por Sergio Massa, presidente de la C\u00e1mara de Diputados, proponiendo que \u201ca aquel que organice una toma de tierras, se le caigan todos los beneficios que le da el Estado, como la AUH o el IFE\u201d (las cursivas son m\u00edas). Entonces, \u00bfdebemos interpretar que estos beneficios no son derechos inalienables? \u00bfLos mismos dependen de cuan bien se porta el beneficiario ante el poder de turno? De entre las brumas del Congreso de la Naci\u00f3n surgi\u00f3 de golpe un denso humo con olor a pr\u00e1cticas clientelares, casi como si Massa hubiera cometido la gaffe de autodenunciarse.<br \/>\nNo deja de ser un razonamiento banal, casi infantil, pensar que si el que organiza tomas de tierra es uno de estos agentes mafiosos a los que nos referimos m\u00e1s arriba, el Estado lo va a \u201ccorrer\u201d con la amenaza de quitarle beneficios. Pero por otra parte, si el que estuviera organizando una toma fuera una persona en situaci\u00f3n habitacional cr\u00edtica, cuya mejor opci\u00f3n es tratar de instalarse en unos terrenos bajos sin cloacas, electricidad, agua ni ning\u00fan otro tipo de servicio b\u00e1sico, amenazarlo con retirarle el IFE o la AUH es un acto de una inhumanidad pasmosa, contradictoria con los postulados fundantes del partido pol\u00edtico de Massa. Vale decir que, dentro siempre de una concepci\u00f3n clientelar de la pol\u00edtica, oscila entre la ingenuidad infantil y el cinismo m\u00e1s despiadado.<\/p>\n<p><strong>Un tr\u00edpode perverso<\/strong><\/p>\n<p>Pr\u00e1cticas que en la actualidad vemos como extremadamente cuestionables eran virtudes c\u00edvicas en la Antigua Roma (o tempora o mores). Tenemos por caso el clientelismo. Por las ma\u00f1anas se alineaban frente a la casa del \u201cpatr\u00f3n\u201d sus \u201cclientes\u201d, hombres libres o libertos engalanados con sus mejores togas a quien este les dispensaba sus favores y protecci\u00f3n; que en general pasaban por lo pol\u00edtico, social o econ\u00f3mico, pero un aspecto sumamente importante era la seguridad, ya que en Roma no hab\u00eda polic\u00eda para perseguir el crimen o mantener el orden. Los romanos necesitaban este resguardo para que sus hogares y negocios no sufrieran delitos o desmanes. A su vez la importancia pol\u00edtica y social que el \u201cpatr\u00f3n\u201d ten\u00eda en la sociedad romana depend\u00eda de la organizaci\u00f3n de juegos, construcci\u00f3n de edificios p\u00fablicos y, por supuesto, la cantidad de clientes que lo visitaban a diario y depend\u00edan de \u00e9l. La sensaci\u00f3n de inseguridad era un elemento esencial de esta relaci\u00f3n y del poder del \u201cpatr\u00f3n\u201d. Hoy el clientelismo pol\u00edtico se define como un intercambio de favores, extraoficial y m\u00e1s o menos velado, donde los titulares de cargos pol\u00edticos, o sus punteros, comprometen prestaciones o favores generalmente a cambio de apoyo electoral.<br \/>\nViene al caso el tema del clientelismo porque resulta muy sugestivo que las tomas de tierras configuren un problema de muy larga data, sobre el que se han discutido y comprometido soluciones varias que casi nunca lograron su cometido ni siquiera parcialmente, con lo que se convalida una situaci\u00f3n de tolerancia hacia la ilegalidad en forma permanente. Una ilegalidad (sea la ind\u00edgena o la constitutiva de villas) que se sostiene durante tanto tiempo sin resolverse pone en cuesti\u00f3n la verdadera voluntad pol\u00edtica por remediarla. Es ingenuo pensar que en todo este tiempo no ha habido capacidad para idear y\/o implementar soluciones definitivas. Como prueba de la falta de compromiso pol\u00edtico tenemos el caso de la Ley 26.160, que se sufri\u00f3 tres pr\u00f3rrogas y que ni siquiera se ha llevado a cabo todav\u00eda el censo ordenado por la misma. Es l\u00edcito pensar que si no existe esta voluntad es porque por alg\u00fan motivo conviene que las cosas se mantengan en este umbral de incertidumbre. Una ilegalidad tolerada tanto tiempo deja de ser \u201ctolerada\u201d para transformarse en promovida.<br \/>\nComo en Roma, hoy tambi\u00e9n el manejo de la (in)seguridad es un fuerte elemento de control social que genera dependencia hacia quien detenta este poder (y facilita adem\u00e1s el acceso a \u201cestados de excepci\u00f3n\u201d), por otro lado la extrema pobreza coloca a las personas en una posici\u00f3n de suma debilidad ante la promesa de recibir favores (en general magros por la misma situaci\u00f3n de indigencia) y la ilegalidad tolerada da la posibilidad de actuar en uno u otro sentido seg\u00fan convenga discrecionalmente, lo que agrega otro elemento de sumisi\u00f3n. Estos tres factores, inseguridad, pobreza extrema e ilegalidad tolerada conforman un tr\u00edpode perverso sobre el cual resulta sencillo asentar pr\u00e1cticas clientelares.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las villas de emergencia Por conocido y porque que fue trabajado a fondo por su alta exposici\u00f3n pol\u00edtica y urbana, interesa el caso de la&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[965,5],"tags":[2023,1244,2659,2364,758,2658],"class_list":["post-16417","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-opinion-2","category-sociedad","tag-desalojo","tag-ilegalidad","tag-ocupacion","tag-seguridad","tag-sociedad","tag-tomas"],"acf":[],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/p6FC4i-4gN","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/16417","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/8"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=16417"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/16417\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":16419,"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/16417\/revisions\/16419"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=16417"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=16417"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=16417"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}