{"id":7581,"date":"2012-10-01T17:58:14","date_gmt":"2012-10-01T20:58:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/?p=7581"},"modified":"2012-10-01T17:58:14","modified_gmt":"2012-10-01T20:58:14","slug":"editorial-un-pacto-de-convivencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/?p=7581","title":{"rendered":"Editorial: Un pacto de convivencia"},"content":{"rendered":"<p>Una constituci\u00f3n no es un texto sagrado. Es una construcci\u00f3n colectiva, que pretende organizar una naci\u00f3n. El pre\u00e1mbulo, con sencillez, resume los ideales de nuestra carta magna, cuando declara los objetivos de los constituyentes: paz, bienestar y libertad para todos los que quieran habitar el suelo argentino.<!--more-->El ejercicio del poder, entonces, se encarama en este andamio, para intentar materializar aquello que las palabras declaran. Te\u00f3ricamente, los principios que expone la Constituci\u00f3n son aceptables para todos. Nadie podr\u00eda cuestionar la libertad, la igualdad, el debido proceso, la propiedad, que las c\u00e1rceles sean sanas y limpias, el derecho a trabajar, asociarse y ejercer industria l\u00edcita, a peticionar, la libertad de prensa y libre circulaci\u00f3n de ideas sin censura previa, la libertad de conciencia y culto, las condiciones dignas y equitativas de trabajo, la igualdad ante la ley, la idoneidad, el principio de reserva de las acciones privadas, el sufragio universal, la protecci\u00f3n del ambiente y los consumidores. Resulta dif\u00edcil no acordar que los derechos que la Constituci\u00f3n declara en su Primera Parte, son necesarios e indispensables para vivir en comunidad.<\/p>\n<p>Por supuesto que cuando se debate la manera en que el Estado debe hacer realidad estas declaraciones, es que comienzan las divisiones, desacuerdos y \u2013por qu\u00e9 no- los antagonismos. Porque en definitiva, una constituci\u00f3n no deja de ser un documento que trasciende a quienes lo escribieron y tiene vocaci\u00f3n de permanecer en el tiempo. Esta caracter\u00edstica lo hace, si se nos admite la met\u00e1fora, un texto vivo, que permite lecturas que pueden variar y modificar su contenido.<\/p>\n<p>Quiz\u00e1 dos ejemplos de la vida constitucional de los Estados Unidos puedan mostrar lo que queremos decir. En el terrible caso de la esclavitud, la victoria de Lincoln declar\u00f3 a los esclavos como hombres libres, pero no signific\u00f3 que autom\u00e1ticamente los afroamericanos tuvieran acceso \u2013en condiciones  de igualdad\u2013 a aquello que la Constituci\u00f3n les promet\u00eda. Las escuelas para personas de color, en los estados del sur, eran deplorables frente a las de los blancos, lo mismo con el transporte, el acceso a la cultura, a la educaci\u00f3n universitaria y el trabajo. M\u00e1s de 80 a\u00f1os tuvieron que transcurrir hasta que en un famoso fallo dictado en 1954, la Corte Suprema dispuso que tales discriminaciones eran inconstitucionales. En un mismo texto, convivieron dos visiones opuestas.<\/p>\n<p>Otro ejemplo fue el <em>new deal <\/em>de Franklin D. Roosevelt, cuyas leyes originalmente fueron declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema, para luego ser validadas con posterioridad.<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n permite, entonces, miradas muy variadas y hasta a veces contradictorias. Las lecturas y relecturas, la interpretaci\u00f3n, el debate sobre sus cl\u00e1usulas, es lo que le proporciona vida y consolidaci\u00f3n. En definitiva, le da trascendencia.<\/p>\n<p>La sociedad argentina no se ha caracterizado por considerar a la Constituci\u00f3n como un texto vivo. Por el contrario, ha sido sepultado en infinidad de oportunidades. La din\u00e1mica de los golpes de estado iniciada en 1930 fue la m\u00e1s violenta y perversa agresi\u00f3n hacia su vigencia. Ante la muerte de la alternativa pol\u00edtica, surg\u00eda la militar, siempre \u2013tristemente\u2013 alegando que era en defensa de la Constituci\u00f3n. Parad\u00f3jicamente, violarla para protegerla.<\/p>\n<p>Como hemos dicho en infinidad de oportunidades, 1983 alumbr\u00f3 una nueva etapa en que la paradoja militar ha sido eliminada. No obstante, la necesidad de cambiar la carta magna estuvo presente en casi todos los gobiernos que se sucedieron a partir de ese a\u00f1o. La idea de Alfons\u00edn fracas\u00f3 fruto de la coyuntura, pero Menem la alter\u00f3 en 1994 y estuvo signada por su af\u00e1n reeleccionista. El pacto de Olivos, que habilit\u00f3 la modificaci\u00f3n, pretendi\u00f3 \u2013sin \u00e9xito\u2013 limitar el poder del presidente.<\/p>\n<p>Justo es reconocer que la reforma de 1994 goz\u00f3 de un amplio consenso, y fue jurada por todo el arco pol\u00edtico participante de la Convenci\u00f3n reformadora. No obstante, como exponemos en este n\u00famero, a\u00fan est\u00e1n pendientes de instrumentar varias y muy importantes disposiciones all\u00ed contenidas.<\/p>\n<p>Hay, pues, cierta fiebre de refundacionismo, s\u00edntoma del que el oficialismo tampoco escapa. La Constituci\u00f3n, al final de cuentas, pareciera ser irrelevante: no importan sus limitaciones republicanas si impiden llevar adelante un proyecto. Seg\u00fan esta lectura, la confianza de la sociedad estar\u00eda puesta en una persona o un movimiento, y no en una estructura que los supere.<\/p>\n<p>La rep\u00fablica democr\u00e1tica, con la separaci\u00f3n de poderes, los derechos individuales y su vocaci\u00f3n de progreso, cede frente al proyecto personalista que no se somete a l\u00edmite alguno. Quien ostente el poder se considera poseedor de su propio origen, sin reconocer que la Constituci\u00f3n es la fuente de su autoridad \u2013siempre transitoria\u2013 y a la vez su l\u00edmite. El concepto de rep\u00fablica, en esta coyuntura, pierde densidad frente a los de \u201cemancipaci\u00f3n\u201d o \u201ccontinuidad del modelo\u201d.<\/p>\n<p>Por otra parte, como ya dijimos, una constituci\u00f3n es un instrumento llamado a perdurar y consolidarse mediante su aplicaci\u00f3n sistem\u00e1tica y constructiva. La modificaci\u00f3n como regla, indispone esta din\u00e1mica. Porque no es que sus disposiciones no puedan reformarse. Muy por el contrario, de lo que se trata es que la eventual modificaci\u00f3n no pretenda consolidar hegemon\u00edas. La mejor, y quiz\u00e1 muy ingenua, manera de que no se sostenga que una reforma pretende beneficiar un factor de poder, sea que quien la propende, se autoexcluya de sus resultados. Dif\u00edcil escenario.<\/p>\n<p>El texto vivo de la Constituci\u00f3n desaf\u00eda a la sociedad a buscar nuevas soluciones y nuevos debates, a darle relevancia y a tomarla como un verdadero pacto de convivencia, al que seamos capaces de someternos para cumplirlo, sin tanta pulsi\u00f3n por reformarlo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una constituci\u00f3n no es un texto sagrado. Es una construcci\u00f3n colectiva, que pretende organizar una naci\u00f3n. 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