{"id":8220,"date":"2013-04-29T19:13:57","date_gmt":"2013-04-29T22:13:57","guid":{"rendered":"http:\/\/staging.winguweb.org\/2014\/revistacriterio\/bloginst\/?p=8220"},"modified":"2013-04-29T19:13:57","modified_gmt":"2013-04-29T22:13:57","slug":"comision-de-justicia-y-paz-democratizar-la-justicia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/?p=8220","title":{"rendered":"Comisi\u00f3n de Justicia y Paz: Democratizar la Justicia"},"content":{"rendered":"<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">1. El anuncio del Poder Ejecutivo de una serie de proyectos destinados a democratizar la Justicia, invita a una seria y serena reflexi\u00f3n acerca de los cambios que ciertamente necesita la administraci\u00f3n de Justicia en la Argentina, y al mismo tiempo de los necesarios equilibrios que son condici\u00f3n indispensable para la vigencia de la forma republicana de gobierno adoptada por nuestra Constituci\u00f3n Nacional.<!--more--><\/span>La Argentina no ha elegido para s\u00ed misma cualquier forma de democracia: ha elegido la Rep\u00fablica. En ella es esencial el equilibrio de los poderes, la eficacia de los controles sobre los gobernantes y la limitaci\u00f3n de su acci\u00f3n, entre otros mecanismos por la periodicidad en el ejercicio de los cargos, y por el control que ejercen los jueces de la constitucionalidad y legalidad de los actos de gobierno. En la Rep\u00fablica los gobernantes est\u00e1n al servicio de la  Ley, y no las leyes al servicio de quienes gobiernan. La independencia de los jueces es la garant\u00eda para que eso se cumpla.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">El incipiente debate planteado, muestra ya una polarizaci\u00f3n, que puede ir\u00a0 camino de formar posiciones enfrentadas en las que los intereses pol\u00edticos o sectoriales se impongan a la racionalidad del di\u00e1logo. Los argentinos debemos aprender a dialogar y convivir en un clima de amistad social, donde el que piensa distinto no sea un enemigo, sino un compatriota con quien conversar, en la b\u00fasqueda del bien com\u00fan, que es la garant\u00eda del bien personal, familiar y asociativo y la finalidad esencial de la pol\u00edtica y del Estado que tiene el deber espec\u00edfico de armonizar con justicia los diversos intereses sectoriales.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">2. Una aut\u00e9ntica preocupaci\u00f3n por el servicio de Justicia debe recordar que \u00e9ste es una atribuci\u00f3n y una obligaci\u00f3n ante todo de las provincias. Los conflictos que afectan a la mayor parte de la poblaci\u00f3n, comenzando por los m\u00e1s pobres, se dirimen en tribunales provinciales. Pensando en los pobres y los m\u00e1s d\u00e9biles, una de las metas que deber\u00edan tener los gobernantes es un sistema que garantice el acceso y el resguardo de derechos de quienes menos tienen y pueden, con f\u00e1cil acceso, bajo costo y \u00e1gil resoluci\u00f3n de los litigios.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Cualquier reforma que se intente, debe tener como norte el derecho de los m\u00e1s necesitados y desprotegidos y la pronta resoluci\u00f3n de las causas, cuya demora afecta en mayor medida a quienes no tienen recursos ni tiempo para aguardar resultados (por ejemplo, los jubilados por la actualizaci\u00f3n de sus haberes, los Pueblos Originarios a quienes se niegan o quitan sus territorios, los poseedores ancestrales de tierras que son desalojados por carecer de t\u00edtulos).<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">3. Despu\u00e9s de treinta a\u00f1os de democracia, carece de sentido vincular al actual Poder Judicial con la dictadura militar. Todos los jueces actuales, incluyendo los muy pocos que lo fueron en \u00e9pocas de dictadura y hoy siguen ejerciendo la magistratura en la Corte Suprema o en otros tribunales, han recibido el acuerdo del Senado y la designaci\u00f3n del Poder Ejecutivo seg\u00fan mecanismos constitucionales.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Si hay jueces que no est\u00e1n a la altura de las exigencias \u00e9ticas y t\u00e9cnicas que sus cargos requieren, son los poderes pol\u00edticos (y el Consejo de la Magistratura, en lo que le corresponde) los que deber\u00edan hacer alguna autocr\u00edtica por haberlos seleccionado o sostenido en los cargos, y en todo caso poner en funcionamiento, caso por caso, los mecanismos de remoci\u00f3n legalmente previstos.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>4. Las presiones sobre los jueces y los condicionamientos que puedan imponer los grupos o poderes econ\u00f3micos, son inadmisibles, y en caso de ser comprobados deben ser sancionados aplicando con rigor las leyes que ya existen para eso, perfeccion\u00e1ndolas si fuere necesario.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>As\u00ed como en relaci\u00f3n a otra \u00e9poca, se afirma con acierto que la violencia ejercida por el Estado es m\u00e1s grave que la ejercida por grupos armados no estatales, precisamente por el mayor poder que tiene el Estado y por su rol de garante de la legalidad, en relaci\u00f3n a las presiones y condicionamientos ejercidos sobre los jueces de modo abierto o subrepticio, es m\u00e1s repudiable la utilizaci\u00f3n del poder estatal, o la amenaza de su uso, para torcer la voluntad de los jueces que la acci\u00f3n de los privados con ese mismo objeto.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>5.\u00a0 La elecci\u00f3n popular de los miembros del Consejo de la Magistratura es un mecanismo que parece re\u00f1ido con la norma constitucional, porque podr\u00eda\u00a0 convertir a un \u00f3rgano que debe ser t\u00e9cnico y riguroso, en escenario de luchas partidarias. La politizaci\u00f3n de los jueces es inadmisible en tanto conspira contra la neutralidad (en este caso, pol\u00edtico-partidaria) que cabe exigir de ellos, y que se expresa en la prohibici\u00f3n vigente de afiliaci\u00f3n a partidos pol\u00edticos. Cualquier reforma judicial que se proponga debe preservar y en lo posible profundizar las garant\u00edas de independencia y neutralidad de la justicia tal como la Constituci\u00f3n lo establece, y acelerar los procedimientos para cubrir las vacantes que existen, de acuerdo a los procedimientos legales.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>Al respecto\u00a0 urge\u00a0 que el Consejo de la Magistratura cumpla cabalmente sus funciones convocando o acelerando los concursos a su cargo; y que el Poder Ejecutivo llene las\u00a0 vacantes de jueces que hoy existen pese a que los concursos correspondientes hayan finalizado.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>6. Hay que celebrar la idea de una mayor transparencia judicial. Ser\u00eda deseable que esa pol\u00edtica se extienda a todos los poderes y \u00f3rganos del Estado, que se reactiven los organismos de control, y se implementen de modo efectivo los mecanismos de lucha contra la corrupci\u00f3n y de vigencia de la \u00e9tica p\u00fablica.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>7. La anunciada creaci\u00f3n de nuevas instancias judiciales (c\u00e1maras de Casaci\u00f3n), requiere una serena discusi\u00f3n te\u00f3rica acerca de su conveniencia en la cual sean escuchadas serenamente todas las razones.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>8. Todos los ciudadanos debemos contribuir en la medida de nuestros ingresos y patrimonios al sostenimiento del Estado mediante el pago de impuestos y no deber\u00edan existir excepciones. El sistema tributario argentino requiere una revisi\u00f3n profunda que corrija inequidades, como es gravar el consumo de bienes esenciales (que tan pesadamente inciden sobre los pobres y, en general, sobre el trabajo personal). En ese marco, es adecuado que tambi\u00e9n los jueces, funcionarios y empleados judiciales tributen proporcionalmente a sus ingresos.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>9. Los procedimientos de ingreso al Poder Judicial en cargos administrativos o auxiliares necesitan efectivamente ser revisados, y reemplazados por concursos transparentes que aseguren el acceso de los m\u00e1s id\u00f3neos y capacitados. Las vacantes deben ser ocupadas\u00a0 por los mejores.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>Lo mismo cabe esperar del acceso a la administraci\u00f3n p\u00fablica y en el Poder Legislativo.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>10. Las medidas cautelares en juicios en que el Estado es parte, m\u00e1s all\u00e1 de abusos que deber\u00edan evitarse, con una herramienta necesaria para impedir da\u00f1os irreparables a derechos constitucionalmente protegidos, especialmente en un momento en que el Estado abarca cada vez m\u00e1s \u00e1reas de la vida econ\u00f3mica y social. Su eventual limitaci\u00f3n, lo mismo que la limitaci\u00f3n de la responsabilidad de los funcionarios por los actos il\u00edcitos que cometan, deben ser evaluadas muy cuidadosamente para ampliar derechos y no para restringirlos.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>Desde la Comisi\u00f3n Nacional de Justicia y Paz de la Conferencia Episcopal Argentina, como ciudadanos preocupados por la relevancia institucional que presentan estas cuestiones, animamos a los poderes p\u00fablicos a que el debate que se abra sobre ellas tenga la serenidad, la profundidad y el tiempo que sean necesarios, en la b\u00fasqueda de consensos.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span>Un procedimiento amplio de consultas y audiencias p\u00fablicas en todas las Provincias puede ser un mecanismo id\u00f3neo para que entre todos alcancemos una real mejora del servicio de Justicia, que proteja mejor a los m\u00e1s d\u00e9biles y respete adecuadamente las normas y principios de nuestra Constituci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\"> <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"right\"><span lang=\"ES\">Buenos Aires, martes 5 de marzo de 2013.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1. 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