{"id":9867,"date":"2014-11-06T11:15:38","date_gmt":"2014-11-06T14:15:38","guid":{"rendered":"http:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/?p=9867"},"modified":"2014-11-06T11:15:38","modified_gmt":"2014-11-06T14:15:38","slug":"divorciados-en-nueva-union-entre-la-ley-y-la-gracia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.revistacriterio.com.ar\/bloginst_new\/?p=9867","title":{"rendered":"Divorciados en nueva uni\u00f3n: entre la ley y la gracia"},"content":{"rendered":"<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Un recorrido sobre la situaci\u00f3n sacramental de los divorciados vueltos a casar en la Iglesia. An\u00e1lisis y perspectivas en torno a uno de los temas controvertidos del S\u00ednodo de la Familia.<strong><!--more--><\/strong><\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Por diferentes motivos, el S\u00ednodo extraordinario sobre la familia encuentra el debate sobre la comuni\u00f3n de los divorciados y vueltos a casar planteado en t\u00e9rminos inadecuados y enga\u00f1osos. En efecto, dar\u00eda la impresi\u00f3n de que en \u00e9l se enfrentan dos partidos bien definidos y contrapuestos: el \u201cpartido de la misericordia\u201d, liderado por el cardenal Walter Kasper, y que contar\u00eda con el benepl\u00e1cito del papa Francisco, y el \u201cpartido del rigor\u201d, cuya cabeza visible ser\u00eda el cardenal <\/span><span lang=\"ES\">Gerhard<\/span><span><span lang=\"ES\"> <\/span><\/span><span lang=\"ES\">M\u00fcller, prefecto de la Congregaci\u00f3n para la Doctrina de la Fe, y autor junto con otros cardenales del libro <em>Permanecer en la verdad de Cristo<\/em>, de pr\u00f3xima aparici\u00f3n, donde defiende la disciplina tradicional de la Iglesia sobre este tema.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Este planteo de misericordia versus rigor constituye un grueso error. Ambas posiciones son, m\u00e1s all\u00e1 de sus diferentes acentos, esfuerzos serios por aplicar el principio de la misericordia. En efecto, la disciplina actual de la Iglesia lleva este principio casi tan lejos como es posible en el marco de la actual doctrina cat\u00f3lica sobre el matrimonio. La exhortaci\u00f3n apost\u00f3lica <em>Familiaris consortio<\/em> n.84 ha encuadrado la situaci\u00f3n de los divorciados vueltos a casar dentro de las llamadas \u201csituaciones irregulares\u201d, expresi\u00f3n referida a todas aquellas convivencias \u201cal modo del matrimonio\u201d que carecen de las condiciones necesarias para ser reconocidas como leg\u00edtimas por el derecho can\u00f3nico. Se trata de una caracterizaci\u00f3n jur\u00eddica y objetiva que no prejuzga sobre la situaci\u00f3n subjetiva de las personas ante Dios. Por eso mismo, la imposibilidad de acceder a la comuni\u00f3n sacramental no puede ser interpretada como una sanci\u00f3n (p.ej., una \u201cexcomuni\u00f3n\u201d), sino como la consecuencia intr\u00ednseca de la contradicci\u00f3n entre esa situaci\u00f3n can\u00f3nica y el significado de la eucarist\u00eda. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Por consiguiente, la situaci\u00f3n irregular no es siempre situaci\u00f3n de pecado. De otro modo, la Iglesia deber\u00eda exhortar a todos los divorciados vueltos a casar a que abandonen sin demora tal situaci\u00f3n. Pero es claro que muchos de ellos, habiendo contra\u00eddo responsabilidades con las nuevas familias, no podr\u00edan volver atr\u00e1s sin pecar. La invitaci\u00f3n de <em>Familiaris consortio<\/em> dirigida a estas personas para que participen de la vida de la Iglesia, incluyendo la celebraci\u00f3n eucar\u00edstica, para \u201cimplorar d\u00eda a d\u00eda la gracia de Dios\u201d (lo que supone la permanencia en su nuevo estado) ser\u00eda incomprensible si se tratara de una situaci\u00f3n de pecado mortal. Es precisamente esta distinci\u00f3n entre situaci\u00f3n irregular y situaci\u00f3n de pecado lo que permite a la exhortaci\u00f3n apost\u00f3lica reconocer las grandes diferencias que se dan entre las diversas situaciones, desde el caso de los que destruyeron el matrimonio por su culpa hasta el del c\u00f3nyuge inocente abandonado.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Por otro lado, es cierto que el cardenal Kasper propuso en 1993, junto con otros obispos alemanes, un procedimiento que implicaba una flexibilizaci\u00f3n de la disciplina eclesial. Pero de ninguna manera consist\u00eda en una admisi\u00f3n generalizada de los divorciados vueltos a casar a la comuni\u00f3n, sino de un acompa\u00f1amiento eclesial caso por caso, que no cuestionaba la doctrina sobre este tema.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">La pretendida contraposici\u00f3n entre misericordiosos y rigoristas oscurece el hecho de que las dos posiciones parten de los mismos presupuestos: la aceptaci\u00f3n plena de la doctrina actual de la Iglesia sobre la indisolubilidad matrimonial, que debe permanecer inalterada y, por lo tanto, la idea de que la misericordia debe desenvolverse exclusivamente en el \u00e1mbito de la aplicaci\u00f3n pastoral, procurando atenuar en lo posible sus consecuencias m\u00e1s duras en la vida de las personas. Y son precisamente estos presupuestos compartidos, m\u00e1s que las diferencias superficiales, lo que debe ser seriamente revisado.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><strong><span lang=\"ES\">\u00bfMisericordia \u201cpastoral\u201d?<\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">La idea de que la doctrina no se debe tocar y que la misericordia debe ser puramente pastoral es completamente ajena al Evangelio. Ni siquiera Kasper, autor de un valioso libro sobre la misericordia, ha reparado en este punto. Por ejemplo, en Mateo 12,1-8, cuando los fariseos critican a Jes\u00fas porque sus disc\u00edpulos arrancan espigas en s\u00e1bado, violando supuestamente la Ley, \u00e9l no les responde: \u201cUstedes tienen raz\u00f3n en cuanto a la doctrina, pero tratemos de no ser tan duros con estas personas d\u00e9biles e ignorantes\u201d, sino que les echa en cara que no han entendido la Ley: \u201cSi hubieran comprendido lo que significa: \u00abYo quiero misericordia y no sacrificios\u00bb no condenar\u00edan a los inocentes\u201d. La misericordia es la luz que permite entender cu\u00e1l es la voluntad de Dios, y por lo tanto cu\u00e1l deber\u00eda ser la doctrina, y no se reduce a un recurso meramente pr\u00e1ctico para atenuar su dureza.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Desde este punto de vista, tanto la disciplina actual, eventualmente suplementada por una facilitaci\u00f3n de los procesos de nulidad matrimonial, como alg\u00fan procedimiento alternativo an\u00e1logo al propuesto por Kasper (y en su momento, tambi\u00e9n por el te\u00f3logo Joseph Ratzinger), ser\u00e1n soluciones parciales y, como se suele decir hoy, no sustentables. La disciplina actual es dif\u00edcil de entender para personas que no tienen un grado bastante elevado de formaci\u00f3n cristiana, es ense\u00f1ada poco y mal por los pastores, y sobre todo no tiene posibilidad de prolongarse por mucho tiempo m\u00e1s. En efecto, los fracasos matrimoniales, sin gran diferencia entre matrimonios sacramentales y no sacramentales, se ha estabilizado en torno al 50%. Si hacemos n\u00fameros, y consideramos el efecto expansivo que esto de hecho tiene en las familias, en pocos a\u00f1os no ser\u00e1n muchos los que puedan recibir la eucarist\u00eda. Siempre, claro est\u00e1, que no suceda lo mismo que con la anticoncepci\u00f3n, es decir, que la gente termine por auto-absolverse y se acerque a comulgar sin esperar autorizaciones oficiales. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Pero tambi\u00e9n el modelo de la admisi\u00f3n personalizada nacer\u00eda con los a\u00f1os contados. Si bien funcionar\u00eda como una provisoria v\u00e1lvula de escape, disminuyendo la presi\u00f3n de \u201clas bases\u201d, llevar\u00eda r\u00e1pida y necesariamente a un cuestionamiento de la doctrina de la indisolubilidad matrimonial y de la eucarist\u00eda.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Cualquiera de las alternativas mencionadas por s\u00ed sola no es m\u00e1s que remiendo nuevo para un vestido viejo (Mc 2,22): la rotura se har\u00e1 m\u00e1s grande.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\"> <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><strong><span lang=\"ES\">\u00bfQu\u00e9 quiso decir Jes\u00fas? <\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Pero, \u00bfes posible pensar en otras posibilidades? \u00bfNo fue Jes\u00fas completamente claro y terminante al afirmar la indisolubilidad del matrimonio y prohibir el divorcio?<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">En primer lugar, hay un grave error en la interpretaci\u00f3n de los dichos de Jes\u00fas. \u00c9stos se explican como si fueran textos extra\u00eddos del C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico. Se olvida que Jes\u00fas siempre rechaz\u00f3 los intentos de sus adversarios de arrastrarlo al plano jur\u00eddico. Cuando los fariseos le preguntan si es l\u00edcito al hombre divorciarse de su mujer por cualquier causa (Mateo 19,3) est\u00e1n procurando precisamente eso: hacerlo discutir sobre leyes. Jes\u00fas se niega porque sobre eso ya habl\u00f3 Mois\u00e9s (el legislador), que se los permiti\u00f3 \u201cpor la dureza de sus corazones\u201d (v.8). En una palabra: el legislador muchas veces no puede cambiar las costumbres y debe conformarse con regularlas y prevenir sus consecuencias m\u00e1s negativas. Pero a continuaci\u00f3n, Jes\u00fas les recuerda que \u201cal principio no fue as\u00ed\u201d: Dios cre\u00f3 al hombre y a la mujer para que se hicieran \u201cuna sola carne\u201d. Es preciso no conformarse con cumplir la ley, sino buscar de coraz\u00f3n la realizaci\u00f3n de ese ideal originario.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Es claro que Jes\u00fas no est\u00e1 derogando la \u201cley de Mois\u00e9s\u201d, es decir, la funci\u00f3n de la ley humana, que no puede mandar todo lo que es bueno ni prohibir todo lo que es malo: el coraz\u00f3n de los seres humanos es \u201cduro\u201d, y la ley debe aceptar la realidad de que muchos matrimonios fracasan, y regular estas situaciones para proteger los derechos de las partes y limitar los da\u00f1os en la medida de lo posible. Jes\u00fas no dicta una nueva ley en sustituci\u00f3n de la anterior, sino que nos llama a realizar la voluntad de Dios que va m\u00e1s all\u00e1 de la ley. Sus afirmaciones sobre el divorcio deben ser entendidas en este marco: son un ideal normativo, que la ley es impotente para realizar.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Por ello las primeras comunidades cristianas no vieron en las palabras de Jes\u00fas una ley intocable, sinti\u00e9ndose autorizadas para aplicarlas creativamente. Mateo, por ejemplo, introdujo una cl\u00e1usula de excepci\u00f3n para el caso de \u201cfornicaci\u00f3n\u201d (cf. 5,32; 19,9). San Pablo admiti\u00f3 que si en un matrimonio de no bautizados uno se convert\u00eda y el otro no quer\u00eda continuar cohabitando pac\u00edficamente, el bautizado quedara libre (1 Cor 7,12-16). La Iglesia ortodoxa se fund\u00f3 en cl\u00e1usula mateana para establecer el r\u00e9gimen de la \u201coikonomia\u201d que permite las segundas nupcias (aunque, al parecer, no sacramentales), y que la Iglesia latina nunca conden\u00f3. Pero \u00e9sta, por su parte, elabor\u00f3 en base a la concesi\u00f3n de Pablo el llamado \u201cprivilegio paulino\u201d, autorizando al c\u00f3nyuge bautizado a contraer nuevas nupcias, con lo cual quedaba libre del primer matrimonio: un verdadero divorcio, que iba m\u00e1s all\u00e1 de las palabras del Ap\u00f3stol.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Y no s\u00f3lo con el tiempo se fue ampliando el alcance del privilegio paulino, sino que se desarroll\u00f3 lo que se dio en llamar el \u201cprivilegio petrino\u201d, generalmente referido a casos de disoluci\u00f3n de matrimonios no sacramentales \u201ca favor de la fe\u201d, por autoridad del Sumo Pont\u00edfice. Por ejemplo, Pablo III en su<\/span><span lang=\"ES\"> bula <em>Altitudo divini consilii<\/em><\/span><span lang=\"ES\"> (<\/span><span lang=\"ES\">1537<\/span><span lang=\"ES\">) autorizaba al jefe indio que una vez convertido<\/span><span lang=\"ES\"> no recordaba cu\u00e1l era su primera esposa,<\/span><span lang=\"ES\"> a<\/span><span lang=\"ES\"> elegi<\/span><span lang=\"ES\">r una entre todas ellas<\/span><span lang=\"ES\">.<\/span><span lang=\"ES\"> Y <\/span><span lang=\"ES\">Gregorio XIII, <\/span><span lang=\"ES\">en su b<\/span><span lang=\"ES\">ula <em>Populis et nationibus<\/em><\/span><span lang=\"ES\"> (<\/span><span lang=\"ES\">1585<\/span><span lang=\"ES\">), permit\u00eda que<\/span><span lang=\"ES\"> el esclavo converso <\/span><span lang=\"ES\">que se encontraba lejos de su tierra volviera <\/span><span lang=\"ES\">a casarse<\/span><span lang=\"ES\">,<\/span><span lang=\"ES\"> aunque <\/span><span lang=\"ES\">no ten\u00eda forma de saber si su primera esposa estaba viva o dispuesta a convertirse junto con \u00e9l. De m\u00e1s est\u00e1 decir que las aplicaciones del privilegio petrino, como las del paulino y m\u00e1s a\u00fan, se ampliaron progresivamente. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\"> <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><strong><span lang=\"ES\">\u00bfD\u00f3nde est\u00e1 el l\u00edmite?<\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"MsoFootnoteText\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">La pr\u00e1ctica de la disoluci\u00f3n de v\u00ednculos matrimoniales, sin embargo, encuentra hoy un l\u00edmite aparentemente insuperable: el matrimonio sacramental, \u201crato\u201d (\u201cv\u00e1lidamente celebrado\u201d) y consumado es, seg\u00fan el magisterio actual, absolutamente indisoluble: \u201cno puede ser disuelto por ning\u00fan poder humano, ni por ninguna causa, fuera de la muerte\u201d (CIC 1141). Esta doctrina es resultado de una decisi\u00f3n salom\u00f3nica del papa Alejandro III, en el siglo XII, que busca un compromiso entre la ense\u00f1anza de Graciano (escuela de Bologna) y de Pedro Lombardo (escuela de Par\u00eds).<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Explicar por qu\u00e9 no se puede disolver un matrimonio sacramental y s\u00ed uno \u201cnatural\u201d<\/span><span lang=\"ES\"> (no sacramental) es ya una empresa ardua, porque Jes\u00fas excluye esa distinci\u00f3n con su referencia al \u201cprincipio\u201d. Pero lo m\u00e1s curioso es el requisito de la consumaci\u00f3n: basta con que los esposos realicen un solo acto conyugal, para que instant\u00e1neamente su matrimonio se vuelva absolutamente indisoluble. La pregunta que se impone es: \u00bfpor qu\u00e9? \u00bfEs \u00e9sta la \u201cdoctrina\u201d que no se debe tocar?<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Un matrimonio puede haber fracasado de modo irreversible, puede no quedar rastro alguno de la vida en com\u00fan o del afecto rec\u00edproco, y cada c\u00f3nyuge puede no haber tenido noticias del otro por largos a\u00f1os. Sin embargo, siguen unidos por un v\u00ednculo incomprensible, que seg\u00fan la ense\u00f1anza cat\u00f3lica actual, es signo del amor de Cristo por la Iglesia y por lo tanto, indisoluble.\u00a0 \u00bfDe qu\u00e9 se est\u00e1 hablando? Dif\u00edcil saberlo, m\u00e1xime cuando la Iglesia define el matrimonio como \u201calianza de amor\u201d. \u00bfQu\u00e9 puede tener que ver ese fantasmal \u201cv\u00ednculo\u201d subsistente con una alianza de amor?<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Sin embargo, seg\u00fan la actual ense\u00f1anza de la Iglesia cat\u00f3lica, no se considera \u201cautorizada\u201d para disolver este tipo de uniones. Ahora bien, \u00bfc\u00f3mo esperar\u00eda la Iglesia llegar a conocer una eventual \u201cautorizaci\u00f3n\u201d divina? \u00bfPor una revelaci\u00f3n especial? \u00bfPor qu\u00e9 no puede bastar el discernimiento eclesial hecho con esp\u00edritu de amor y de fe?<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><strong><span lang=\"ES\">La misericordia \u201cdoctrinal\u201d<\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Por todo lo dicho, resulta claro que cuando la misericordia entra reci\u00e9n en el momento aplicativo de la doctrina, llega tarde. Ella debe estar presente desde el inicio, en la comprensi\u00f3n misma de la verdad, de la voluntad de Dios. No se puede empezar construyendo una doctrina completa para despu\u00e9s meter adentro a las personas. Las doctrinas se elaboran y refinan en un ida y vuelta con la realidad y sus exigencias. Esas exigencias son las propias del bien integral de las personas. Y forma parte de ese bien que nunca se les cierre la posibilidad de buscar su felicidad tambi\u00e9n en este mundo, y de reconstruir sus vidas despu\u00e9s de un fracaso. Si una doctrina no es apta para dar una respuesta satisfactoria a esta aspiraci\u00f3n, es un problema de la doctrina, no de las personas.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">Desde esta perspectiva, no hay motivo para poner l\u00edmites definitivos al proceso de interpretaci\u00f3n de la indisolubilidad matrimonial que ha desarrollado la doctrina y la praxis de la Iglesia a lo largo de tantos siglos, y que la ha llevado a extender progresivamente las disoluciones del v\u00ednculo \u201ca favor de la fe\u201d, del bien espiritual de los fieles. La doctrina de la indisolubilidad absoluta del matrimonio sacramental, rato y consumado, debe ser revisada, y el argumento de la falta de autoridad de la Iglesia para hacerlo debe ser desmentido por una honesta y trasparente consideraci\u00f3n de la historia.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" align=\"left\"><span lang=\"ES\">La b\u00fasqueda de soluciones \u201cpastorales\u201d ser\u00e1 siempre necesaria para acompa\u00f1ar situaciones que no se puedan regularizar por falta de disposici\u00f3n de las partes o por falta de los requisitos can\u00f3nicos para el reconocimiento de su uni\u00f3n. Pero el crecimiento explosivo del n\u00famero de los divorciados y vueltos a casar testimonia no s\u00f3lo carencias de la cultura actual, sino tambi\u00e9n debilidades e inconsistencias en la doctrina y la disciplina de la Iglesia. La soluci\u00f3n de este grave problema no puede prescindir entonces de la elaboraci\u00f3n de un renovado marco doctrinal que permita establecer un procedimiento eclesial serio y riguroso para la disoluci\u00f3n del v\u00ednculo cuando el matrimonio ha fracasado definitivamente. Esto no atentar\u00eda contra la indisolubilidad del matrimonio, porque la misma no es otra cosa que el fruto de un amor conyugal logrado y pleno que se convierte cada vez m\u00e1s en signo viviente del amor de Dios. Se trata de una vocaci\u00f3n y una gracia. Algo que no se puede imponer por ley.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un recorrido sobre la situaci\u00f3n sacramental de los divorciados vueltos a casar en la Iglesia. 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