La inseguridad que genera el delito

Publicamos el primer artículo de una serie en torno al problema de las condenas a prisión y el fracaso de la reinserción social de quienes han cumplido sus penas.

Es indudable que uno de los temas que hoy más preocupan a la sociedad –tanto en el mundo como, en particular, en nuestro país– es la inseguridad que se genera en la población ante las actividades delictivas.
La preocupación ante estos hechos que ocurren a diario –y que, por su amplia difusión en los medios de comunicación, también se conocen cotidianamente– está basada en temores concretos, por cuanto hay noticias recurrentes de asaltos y homicidios, a los que se agregan temores difusos, creados cuando el Estado da muestras de que es impotente para detener la ola delictiva y cuando persiste la idea de que la Justicia no restablece correctamente el equilibrio que el delito ha quebrantado.
Ello genera el miedo a convertirnos en una sociedad como la imaginada y descripta hace 400 años por Thomas Hobbes (1588-1679), en la cual, al no existir autoridad, todos son enemigos de todos y se masacran mutuamente.
Paralelamente, la inseguridad preocupa en todos los niveles: al gobierno, a los legisladores, a los jueces y a la población en general. Se podría decir que hoy preocupa más que nunca. Y preocupa porque, al menos en nuestro entorno, cada vez hay menos seguridad, el orden social está amenazado y la percepción de justicia vulnerada se ha tornado crónica.
Ante ello, el gobierno normalmente responde –o se cree que debería responder y se espera que responda– con una mayor y mejor actitud de vigilancia y de represión policial. Los legisladores normalmente responden –o se cree que deberían responder y se espera que respondan– con leyes que castiguen el delito más severamente. Los jueces normalmente responden –o se cree que deberían responder y se espera que respondan– con mayor rigor en el dictado de penas. La población normalmente responde, aunque no se crea expresamente que deba hacerlo ni se espera que lo haga, con mayor preocupación.
Y esta preocupación es una constante que mantiene el problema en un plano social prioritario y habitualmente genera indignación. A veces esta indignación se materializa en protestas masivas y marchas, pero, con o sin ellas, lo que invariablemente está presente es el reclamo de castigos más severos para quienes delinquen, especialmente de encierro prolongado y, a veces, ante crímenes graves o aberrantes, de encierro de por vida cuando no de penas de muerte.
Sin embargo, la idea de que con encierros masivos y prolongados el delito puede combatirse eficazmente también es cuestionada, porque no parece ser la solución adecuada.
Ante este dilema, cabe pensar que el combate al delito debería encararse de una manera drásticamente diferente a la que se está llevando a cabo. Es decir que no debería limitarse a un mejoramiento meramente superficial sino constituirse en un cambio de paradigma que contemple una revisión muy profunda de los conceptos de castigo, de la posibilidad de reparar el daño sufrido por las víctimas y, eventualmente, también por la sociedad, y de la recuperación e integración a la vida comunitaria de quienes han delinquido.
Es, entonces, todo un desafío para los tiempos que nos tocan vivir.

La pena privativa de la libertad como respuesta al delito

Para combatir la delincuencia es indudablemente importante la prevención, que puede intentarse a través de una eficiente actividad policial, del mejoramiento de la educación, de la erradicación de la pobreza y de otras medidas. ¿Pero qué debe hacerse, además de implementar mejores medidas de prevención, para que el delito no ocurra? Es decir, ¿qué debe hacerse cuando el delito ya quedó consumado?
El delito siempre existió y siempre convivió con determinadas formas de reacción. Estas reacciones contra la conducta delictiva, en el intento de crear barreras protectoras contra su expansión, han consistido en suministrar un castigo a quienes han delinquido. Las teorías retributivas sostenían que el castigo era justo por razones éticas y las teorías preventivas sostenían que era necesario por razones correctivas y disuasivas.
En cuanto a las formas de castigar, aparte de ciertas penas como la multa, la expropiación de bienes y el exilio, hasta épocas no muy lejanas era típicamente el cuerpo del autor de un delito el que recibía el castigo y las penas corporales eran de azotes, tortura, mutilación o muerte. La prisión solía utilizarse sólo como antesala para la ejecución penal.
En cuanto a la pena específica de privación de la libertad, si bien siempre existió el encierro de personas por diversos motivos, no fue concebida sistemáticamente como castigo hasta hace poco más de 200 años. Su introducción como tal surgió como atenuante de penas consideradas mucho más brutales, pero, cuando fue también considerada una pena cruel, se la justificó porque uno de sus objetivos consistía en curar al delincuente, resocializándolo.
La consideración retributiva ha merecido el apoyo de filósofos y teólogos de indiscutible autoridad y prestigio, como también posiciones contrarias. En cambio, el poder correctivo y disuasivo del castigo durante mucho tiempo fue indiscutible. Pero, desde que la prisión se constituyó en castigo, la pena privativa de la libertad comenzó a recibir crecientes críticas y dudas sobre su eficacia, a punto tal que hoy se sostiene mayoritariamente que no sólo no detiene el delito, sino que lo retroalimenta, con lo cual el ideal resocializador ha caído en un fuerte escepticismo. A pesar de las críticas y de las evidencias, las corrientes que abogan por las respuestas de “mano dura” siguen reclamando una política de encarcelamiento con más y mejor ejecución, mayores penas y construcción de nuevas prisiones.
Pero no sólo existe el problema del delito en sí mismo, sino también el de las consecuencias que deja en las personas que lo han sufrido. Por eso es necesario tomar en cuenta el dolor de las víctimas y encontrar la mejor forma de paliarlo, por una parte, y, por otra, reencauzar a quienes han delinquido y lograr que eviten reincidir.
En cuanto a las víctimas, el consuelo, si es que lo obtienen, es la satisfacción de saber que sus victimarios, si son condenados, sufrirán una determinada pena. Sin embargo, ese consuelo por conocer el sufrimiento del otro, igualando todo para abajo, no parecería ser una verdadera reparación. Si bien se trata de un sentimiento comprensible, no es, al menos desde una óptica cristiana, un sentimiento edificante que se debiera fomentar.

El autor es Doctor en Psicología Social, especialista en Criminología

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  1. Los fracasos de la reinserción social ,de quienes cometieron delitos, basados en la falta de dedicación política a la prevención y a las condiciones carcelarias de quienes fueron condenados,me parce un argumento muy pobre para justificar la anulación de la pena y del castigo. Estamos sacando conclusiones de política criminal, cuando la praxis de la misma fue y es desastrosa. En todos sus niveles. Hasta qué punto las condenas menores no podrían reemplazarse con trabajos comunitarios? Que político va a permitir que se construya una carcelarias en su municipio? Y mil preguntas más . Sin recursos y sin capacitación todas nuestras teorías no sirven. Y por último , a quien conoce, investiga y esta en el tema, ojalá que el eje de las políticas puntito rías , de resarcimiento, en todos sus sentidos,en no reparar la asistencia mientras sea necesaria de la víctima. Como un sistema se puede basar en que la víctima representada por un tercero que muchas veces ni se conocen. La víctima es la consecuencia . Podemos obviarla?

  2. Quisiera ser más ordenado. Discutir o pensar solo en el castigo, me parece cuando menos insuficiente como concepto y difícil de conformar a todos. Repasando los vaivenes de los legisladores , modificando códigos penales en función de las presiones sociales vemos que no dieron resultados. Si repasamos a todos los componentes que inciden , vemos enormes fracasos en la dirigencia política económica, en menos de 40 años a llevado al 30 % de la población a condiciones de trabajo , educación , salud, servicios esenciales a estar fuera de ellos, o recibirlos en forma muy deficiente. Jamás tuvimos una policía entrenada y con recursos. El sistema carcelario es un depósito. Y nuestro sistema judicial. Que me parece que tiene bastante responsabilidad, desde que un juez puede condenar a una persona sin verle le cara , o una víctima es representada por un tercero. Y depender de la voluntad de este tercero. Tardar 20 años en dictar una sentencia , como en el caso Rio Tercero, o tener una serie de instancias de apelación , para que una sentencia firme tarde años, no hace más que mostrar la inequidad profunda del sistema. Y la doble vara que utiliza en determinados casos. Dejar sin efecto el 2 x1 para causas de lesa humanidad, por presión de un grupo social, no hace más que mostrar la politización tiempista de algunos miembros del Poder Judicial. Mantener en prision efectiva desde hace años , a personas de más de 70 años sin sentencia firme, solo por estar en el segmento de Lesa Humanidad vuele a demostrar la influencia política a la que se dejan someter miembros del Poder Judicial. Y el ejemplo es la Ciudad de Rosario , donde están involucrados políticos , empresarios , policías miembros del la justicia etc. El narcotrafico es otro jugador nuevo que crece en condiciones como las antedichas . Seguramente se repiten en menos escala en ciertos cordones del cono urbano sin ser divulgado. Y en vez de de discutir como arreglamos este desmadre, entre todos , miramos por el agujero de la cerradura. Y la víctima. La ausencia de la víctima en todo este proceso. En las consecuencias de por vida que sufren las personas afectadas. Sabemos mucho de condiciones carcelarias, pero no sabemos nada de como siguió la vida de esa viuda con dos chicos quien perdió al esposo porque le quisieron robar el auto. Que fue de esos huérfanos , a que perdieron a su madre por un conductor alcoholizad que cruzó un semáforo rojo. Acaso no es hora de pensar soluciones posibles y realistas? Sabemos lo que no funciona. Debemos encontrar el camino para algo funcione

  3. Marcelo González on 18 mayo, 2020

    Tal vez la respuesta que busca el Dr. Deym se llame Justicia Restaurativa, involucra cárceles, justicia y sociedad.Pone énfasis en la restauración a la situación anterior al delito y la reconciliación entre la victima y el agresor y no en el castigo. Se está aplicando en varios países.

    Hoy el 90% de los encarcelados son hombres, pobres, sin educación y provenientes de contextos urbanos. Entonces habría que preguntarse porqué dos clases sociales encierran en cárceles y villas a otra.

    Para complementar la situación tan bien expuesta por el Dr. Deym recomiendo los textos del sacerdote español Valverde Molina sobre Justicia Restaurativa y el proceso degradación física y psiquica conocido como «Prisionización» que desmiente la fantasía de la resocialización.
    Marcelo González.
    Investigador doctoral de Contextos de Encierro cognitivo y punitivo.

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